Propiedad: derecho primario


Provocó mucho revuelo la frase del Papa Francisco con motivo de la apertura de los trabajos de la Conferencia Internacional de Jueces miembros de los Comités de Derechos Sociales de África y América:
“Construyamos la justicia social sobre la base de que la tradición cristiana nunca ha reconocido como absoluto e intocable el derecho a la propiedad privada”.

Al menos en aquellos que se preocupan, y me parece que no somos muchos, por derechos inviolables como la libertad y la propiedad.

Todos los Pontífices anteriores (incluido el Papa Wojtyla – de quien es la frase si bien en otro contexto-) siempre han comenzado enseñando la legitimidad intrínseca del derecho de propiedad privada y su fundamento divino y natural, explicando las limitaciones derivadas de su «función social».

Al invertir este Magisterio, el Papa Francisco, en cambio, pone el acento exclusivamente en el carácter «secundario» de la propiedad: un derecho subordinado y sujeto al arbitrio del Estado en nombre de la «justicia social».

Esta unilateralidad se inserta perfectamente en la línea seguida hasta ahora por el Papa Francisco, y debe leerse desde esta perspectiva: la denuncia de la «economía que mata» (es decir, la basada en la propiedad privada y la libre iniciativa) a su evidente simpatía con regímenes socialistas que reducen al mínimo la propiedad privada.

Recordemos que Marx y Engels escribieron en el «Manifiesto comunista»: «En este sentido, los comunistas pueden resumir sus teorías en esta propuesta: abolición de la propiedad privada».

Recordemos también que en el pasado se le dio (al papa Francisco) un crucifijo con la hoz y el martillo en un país sudamericano.

Añadamos que, además del derecho natural, la propiedad privada se funda en dos mandamientos de la Ley de Dios: el 7° y el 10°.

Entonces volvemos a John Locke, a quien llamamos el padre del liberalismo, filosófico y económico.

Locke ofreció una de las primeras y más reconocidas teorías sobre la propiedad privada. Viene del Segundo Tratado de Locke sobre el gobierno, al punto 27:

“Aunque la tierra y todas las criaturas inferiores, pertenecen en común a todos los hombres, cada hombre tiene, sin embargo, una propiedad que pertenece a su propia persona; y a esa propiedad nadie tiene derecho, excepto él mismo. El trabajo de su cuerpo y la labor producidas por sus manos, podemos decir que son propiamente suyos. Cualquier cosa que él saca del estado en que la naturaleza la produjo y la dejó, y la modifica con su labor y añade a ella algo que es de sí mismo, es, por consiguiente, propiedad suya. Pues al sacarla del estado común en el que la naturaleza la había puesto, agrega a ella algo con su trabajo, y ello hace que no tengan ya derecho a ella los demás hombres. Porque este trabajo, al ser indudablemente propiedad del trabajador, da como resultado el que ningún hombre, excepto él, tenga derecho a lo que ha sido añadido a la cosa en cuestión, al menos cuando queden todavía suficientes bienes comunes para los demás.”

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